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Educar en casa en

República Dominicanaen zona gris

La Constitución y la Ley General de Educación 66-97 reconocen el derecho de la familia a escoger el tipo de educación de sus hijos, pero también dicen que el nivel básico es obligatorio y que la familia tiene la obligación de escolarizar. No hay figura de educación en casa. Muchas familias usan un programa a distancia o una escuela sombrilla.

  • Zona gris
  • Revisada el 8 de octubre de 2026
  • Fuentes secundarias que coinciden

La leyLey General de Educación 66-97 ↗

¿Hay que registrarse o avisar para educar en casa en República Dominicana?

No hay registro ni aviso para educar en casa. La ley obliga a escolarizar (art. 20).

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗

¿Cómo se valida el año?

No hay vía para validar un año hecho en casa. Las Pruebas Nacionales se aplican a quienes terminan niveles en los centros del sistema; no encontramos inscripción libre para quien no está matriculado.

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗

¿Qué pasa si un día vuelve al colegio?

No encontramos un trámite específico. El Ministerio de Educación (MINERD) hace convalidaciones de estudios para regularizar la escolaridad de dominicanos y extranjeros.

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗

¿Cómo obtiene el título y entra a la universidad?

Los títulos (certificados de suficiencia y de bachiller) los expide el MINERD por medio de las Juntas Distritales (arts. 208 y 210 de la Ley 66-97). Para la universidad se pide el título de bachiller y cada institución fija su admisión.

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗

¿Sirve un colegio en línea o una «escuela sombrilla» de otro país?

El MINERD hace el reconocimiento y acreditación de estudios hechos en el exterior (art. 209), con documentos legalizados por vía consular. Un colegio en línea extranjero puede servir si el estudiante pide después el reconocimiento. Según HSLDA, las autoridades ven con recelo la palabra 'homeschooling'; algunas familias hablan de 'educación a distancia'.

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗ · HSLDA: Rep. Dominicana ↗

Cuáles hay, cuánto cuestan y qué advierten ellas mismas: escuelas sombrilla →

El contexto

La Constitución dice que la familia es responsable de la educación y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores, y que el Estado declara obligatoria la educación en los niveles inicial, básico y medio. La Ley 66-97 dice que el nivel básico es obligatorio y que la familia debe escolarizar a sus hijos en la edad escolar. HSLDA indica que la escolaridad obligatoria va de 6 a 14 años.

Fuente: Ley General de Educación 66-97 ↗ · Constitución, art. 63 ↗ · HSLDA: Rep. Dominicana ↗

Isabel y Santiago con Emi y Abi

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